Nos complace darte la bienvenida como cliente. Para comenzar a trabajar rápidamente, necesitamos información tuya para actualizar nuestros expedientes relativos a la Diligencia Debida del Cliente y, de corresponder, a la Diligencia Debida Reforzada y a la Prevención del Blanqueo de Capitales.

01
Diligencia Debida del Cliente

Necesitamos saber con exactitud para quién trabajamos. Como trabajamos exclusivamente para empresas que normalmente se constituyen, debemos recibir un extracto oficial del registro nacional.

 

También debemos registrar y verificar la identidad del representante autorizado de nuestro cliente. En la mayoría de los casos, se trata del director de la empresa y verificamos tu identidad mediante un documento de identidad, como el pasaporte o el DNI.

02
Carta de encargo

Recibirás una carta de encargo en la que se detallarán los servicios que prestaremos. Las ABLD Condiciones Generales se aplican a todos nuestros servicios.

 

Por favor, lea todo con atención. Si tienes alguna pregunta, con gusto la responderemos. Si estás de acuerdo, nos gustaría recibir la carta de encargo firmada.

03
Diligencia Debida Reforzada y Prevención del Blanqueo de Capitales

En algunos casos, debemos incluir información adicional en un expediente contra el blanqueo de capitales. Esto se aplica cuando te brindamos asistencia con:

  • la compra o venta de activos registrados (por ejemplo, bienes inmuebles)
  • establecer o administrar empresas
  • la compra o venta de acciones, empresas y entidades jurídicas
  • actividades en el ámbito de la tributación o la gestión financiera

En nuestro expediente contra el blanqueo de capitales debemos:

  1. Registrar y llevar un control regular de los beneficiarios reales (UBO, por sus siglas en inglés) de su empresa.
  2. Incluir copias de los estatutos de la empresa y del registro de accionistas.
  3. Investigar el origen de los recursos financieros utilizados para la transacción propuesta
  4. Verificar si hay Personas Expuestas Políticamente (PEP) vinculadas a su empresa.
  5. Investigar si las personas vinculadas a su empresa figuran en alguna lista oficial de sanciones, incluida la de la Unión Europea.

Si la empresa que es nuestro cliente forma parte de un grupo más grande, también debemos recibir información de las empresas matrices y de sus beneficiarios reales.

 

Solo cuando nuestro expediente contra el blanqueo de capitales esté en regla podremos empezar a prestarte nuestros servicios.